Familia unida por la pensión de alimentos.

Pensión alimenticia ¿Cuándo puedo dejar de pagar?

Sin rodeos, el derecho español no prevé una edad mínima en la que los padres pueden dejar de pagar la pensión. La pensión alimenticia se podrá dejar de pagar cuando los hijos tengan una independencia económica suficiente, es decir que tengan un trabajo. Esto puede pasar cuando tienen 18 años o cuando tengan 25.

¿Pero si mis hijos no estudian y no trabajan, puedo dejar de pagar?

En efecto, que la ley no prevea un plazo fijo para dejar de pagar la pensión de alimentos no significa que estés obligado a pagarlos pase lo que pase. Para que se entienda fácilmente, el derecho español, tanto la ley como los jueces, premian el esfuerzo, si tus hijos continúan sus estudios tendrás que seguir pagando la manutención. Pero ¿Qué ocurre cuando tus hijos no trabajan y no estudian? Cuando se encuentran en ese estado que coloquialmente se califica de «nini» (ni estudia, ni trabaja», deberás avisar a tu abogado para que interponga en el juzgado la pertinente solicitud que te permita dejar de pagar la pensión alimenticia.

Cada caso es particular

Lo sabemos, sabemos que cada caso es particular y existen detalles importante que pueden variar tu caso. Un ejemplo claro es el caso de un hijo mayor de 18 años que se dedica exclusivamente a sus estudios, sin tiempo para otras actividades. En este contexto, es evidente que podría necesitar el respaldo financiero de la pensión alimenticia.

En el escenario en el que un hijo mayor busca empleo y, por lo tanto, debe continuar recibiendo la pensión, es crucial demostrar que está haciendo todos los esfuerzos posibles para lograr su independencia económica. Otra situación a considerar es cuando un hijo mayor de 18 años está empleado, pero en trabajos temporales o con salarios que no alcanzan el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), y además, esos ingresos son irregulares e interrumpidos. En este caso también se justifica que continúe recibiendo la pensión alimenticia.

La obligación de pagar la pensión alimenticia a un hijo mayor de edad cesa cuando «…la necesidad de aquél provenga de mala conducta o de falta de aplicación al trabajo…», según lo establecido en los artículos 150 y 152 del Código Civil.

Estos criterios son la base para que cada juez analice y determine si se extingue o no la obligación de la pensión alimenticia para un hijo mayor de 18 años. Se tienen en cuenta diversas variables, incluida la actitud y comportamiento del hijo en relación con su formación y esfuerzos para alcanzar la independencia económica.

¿Qué se incluye en la pensión alimenticia?

Dentro del concepto de «pensión alimenticia» se incluyen los gastos regulares de: vivienda, alimentación, educación, ocio, transporte y ropa. De igual manera, dentro de la pensión alimenticia encontramos la obligatoriedad de cubrir también los gastos imprevistos, como lo puede ser un gasto en unas gafas (que son necesarias pero no es un gasto habitual), o un gasto imprevisto que los cónyuges deberán pagar a medias.

Profundizando más en el tema, según el Código Civil, la pensión alimenticia comprende todo lo esencial para el sustento, vivienda y vestimenta, incluyendo instrucción y educación si el hijo es menor. Aunque se establece un pago mensual en efectivo, no existe una fórmula predefinida para determinar la cantidad.

El modelo habitual de pago mensual no siempre se adapta a gastos no regulares como salud y educación. En respuesta, hemos adoptado un enfoque más generalizado en el que, además de la cantidad mensual, el progenitor que paga también comparte los gastos educativos y médicos.

En este escenario, el progenitor receptor cubre la mayoría de los gastos diarios y eventos recreativos, incluso aquellos más sustanciales. Además de la pensión, se comparten los costos escolares y de salud, estableciendo un equilibrio en la contribución de ambos padres.

La complejidad de asignar estos gastos destaca la importancia de abordar estas cuestiones detalladamente en acuerdos judiciales, considerando las circunstancias únicas de cada caso y garantizando un soporte integral para el bienestar de los niños y jóvenes después del divorcio. Descubre cómo nuestra experiencia en casos de pensión alimenticia puede ayudarte a navegar este proceso de manera justa y equitativa.

¿Cómo calcular la pensión alimenticia en 2024?

Para calcular una pensión de alimentos se tienen que tener en cuenta muchos factores. Te enumeramos los más importante:

  1. El salario de los progenitores (padres).
  2. Quien pagará la hipoteca, si la hay*.
  3. Quien hará uso de la vivienda familiar.
  4. El número de hijos.
  5. Si alguna de las partes es dependiente, discapacitado o situación especial de dependencia.

Además de esto, se tienen en cuenta otras cosas como, el lugar de residencia (no cuesta lo mismo vivir en Lugo que en Madrid), pactos previos entre los progenitores, o el principio de proporcionalidad. El Tribunal Supremo ha fijado en multitud de ocasiones (STS nº586/2015 de 21 de octubre y STS nº395/2015 de 15 de julio), así como lo dispuesto en el artículo 146 del Código Civil, la obligatoriedad de establecer la pensión alimenticia con proporcionalidad a los ingresos y gastos de los cónyuges.

Os dejamos la calculadora oficial del Consejo General del Poder Judicial para el cálculo de las pensiones alimenticias. Así como las tablas oficiales, para que tengáis una cantidad aproximada de cuanto será la cantidad de la pensión. Para usarla correctamente tendrás que poner la Comunidad Autónoma en la que resides, tus ingresos y el número de hijos.

Este cálculo solo es un cálculo aproximado, en ningún caso un juez estará obligado a adoptar esa cantidad, pero si te valdrá para saber con proximidad el gasto al que te enfrentas. Si necesitas ayuda escríbenos, sabremos como ayudarte.

¿Cuánto sube la pensión alimenticia cada año?

La pensión será actualizada cada año, tendrá que aumentarse la cantidad según lo fijado en el Convenio Regulador. La pensión alimenticia SI se actualiza y aumenta cada año, en el único caso en el que no se actualizaría es si así se recogiese en el Convenio Regulador.

No tiene que hacerse judicialmente, NO es necesario. Se aumentará automáticamente pasado el plazo de un año, el progenitor que tenga que pagar la pensión será quien la actualice. En la mayoría de casos el encargado de hacerlo suele evitarlo, por eso es importante que se lo recuerde, si este se niega hable con su abogado para que se lo «recuerde».

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